
“No has superado el periodo de prueba”: ¿vale todo?
El periodo de prueba se ha convertido en una muletilla frecuente para justificar la salida rápida de trabajadores. Muchas personas reciben un mensaje escueto: “no has superado el periodo de prueba, mañana no vengas”, sin mayor explicación.
Es cierto que durante esta etapa la empresa tiene más flexibilidad para extinguir el contrato, pero eso no significa que pueda vulnerar derechos fundamentales o utilizar el periodo de prueba de forma fraudulenta.
Qué es el periodo de prueba y cómo debe pactarse
El periodo de prueba es un tiempo inicial del contrato en el que:
- Empresa y trabajador pueden evaluar si la relación laboral encaja.
- Ambas partes pueden extinguir el contrato con menos requisitos.
Para que exista, debe estar pactado por escrito en el contrato y respetar los límites máximos fijados en el convenio colectivo o en la ley.
Extinción del contrato durante el periodo de prueba
Durante el periodo de prueba, cualquiera de las partes puede dar por terminada la relación laboral:
- Sin necesidad de alegar una causa concreta.
- Normalmente, sin obligación de preaviso, salvo que el convenio diga lo contrario.
- Sin derecho a indemnización por despido.
Eso sí, la empresa sigue obligada a pagar el finiquito (salarios, pagas extra proporcionales, vacaciones no disfrutadas…).
Límites: cuando la empresa se excede
Aunque parezca que todo vale, la extinción en periodo de prueba tiene límites importantes:
- No puede utilizarse para ocultar un despido discriminatorio (por ejemplo, por embarazo, enfermedad, orientación sexual, etc.).
- No es válido un periodo de prueba cuando el trabajador ya ha desempeñado las mismas funciones con anterioridad en la empresa durante un tiempo razonable.
- Debe respetar los plazos máximos establecidos; no se puede alargar indefinidamente.
Periodo de prueba encadenado y contratos sucesivos
Un uso fraudulento relativamente frecuente es encadenar varios contratos, cada uno con su “periodo de prueba”, para tener al trabajador en una especie de incertidumbre permanente.
En muchos casos, si la persona ya ha realizado las mismas funciones en la empresa, puede discutirse que exista realmente necesidad de un nuevo periodo de prueba. Esto puede tener consecuencias a la hora de valorar la legalidad de la extinción.
Despido en periodo de prueba y protección reforzada
Incluso durante el periodo de prueba, la ley protege especialmente a determinados colectivos y situaciones, como:
- Embarazo y maternidad.
- Reducciones de jornada por cuidado.
- Ejercicio de derechos fundamentales (reclamaciones, denuncias, actividad sindical…).
Si la extinción se vincula en realidad a estas circunstancias, puede llegar a declararse nula.
Qué hacer si te “no superas” el periodo de prueba
Si la empresa te comunica que no continúas:
- Pide la comunicación por escrito, indicando la fecha exacta de efectos.
- Guarda tu contrato para comprobar cómo está pactado el periodo de prueba.
- Anota cualquier comentario o situación previa que pueda indicar discriminación.
- Consulta con un abogado laboralista si sospechas un uso abusivo de esta figura.
Conclusión
El periodo de prueba otorga flexibilidad, pero no es un cheque en blanco para despedir sin límites ni respeto a los derechos básicos. Cuando se utiliza para encubrir discriminaciones o repeticiones injustificadas, puede impugnarse. Revisar el contrato, conservar pruebas y pedir asesoramiento rápido te ayudará a saber si estás ante una simple finalización legítima del periodo de prueba o ante un despido encubierto.